Qué pasó
El Tribunal Contencioso Electoral negó el recurso subjetivo presentado por Ramiro García Falconí contra la resolución del Consejo Nacional Electoral que rechazó su candidatura al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. El TCE concluyó que la decisión administrativa respetó el debido proceso y confirmó que el postulante estaba sujeto a una inhabilidad legal por haber ejercido funciones como decano universitario. Con el archivo de la causa, su postulación queda fuera de la papeleta de las elecciones del 29 de noviembre de 2026. La resolución corresponde a la revisión judicial de la decisión del CNE y no modifica las candidaturas que continúen habilitadas.
Qué significa
La sentencia cierra el litigio electoral de García Falconí y reduce el número de postulantes que podrían aparecer en la papeleta del CPCCS. El caso también fija, para esta candidatura, el alcance que el TCE atribuye a la inhabilidad relacionada con el ejercicio de un cargo universitario. La decisión no implica una evaluación sobre los méritos o propuestas del candidato, sino sobre el cumplimiento de un requisito legal de elegibilidad.
