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Nueva demanda busca frenar el alza del pasaje para personas con discapacidad en Quito

El aumento de la tarifa preferencial para personas con discapacidad en Quito enfrenta una nueva demanda de inconstitucionalidad. La acción cuestiona que el pasaje pase de USD 0,10 a USD 0,20 desde enero de 2027, mientras la Corte Constitucional aún debe resolver la admisión y las medidas cautelares solicitadas.

Redacción Vocería News
Última actualización 22 de septiembre de 2026 · 02:40 Publicado 19 de septiembre de 2026 · 22:31
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El Cabildo Cívico de Quito presentó una nueva demanda de inconstitucionalidad contra el alza de la tarifa preferencial para personas con discapacidad, que pasaría de USD 0,10 a USD 0,20 desde el 1 de enero.

La acción de inconstitucionalidad contra la Ordenanza 127-2026 fue presentada ante la Corte Constitucional por un concejal, organizaciones de personas con discapacidad y el Cabildo Cívico de Quito. El recurso solicita medidas cautelares para suspender sus efectos mientras se resuelve el fondo.

Qué pasó

La Ordenanza 127-2026 prevé elevar el pasaje general del transporte público de USD 0,35 a USD 0,40 y modificar la tarifa para personas con discapacidad de USD 0,10 a USD 0,20 desde enero de 2027. El Cabildo Cívico de Quito presentó el 21 de septiembre una demanda de inconstitucionalidad contra el incremento aplicado a ese grupo de atención prioritaria. La acción se suma al recurso presentado previamente por el concejal Andrés Campaña y organizaciones de personas con discapacidad, que también cuestionaron la eliminación del capítulo específico sobre tarifa preferencial y solicitaron medidas cautelares. Los accionantes sostienen que la reforma vulneraría el principio de no regresividad y derechos constitucionales. La presentación de la nueva demanda no suspende automáticamente la ordenanza ni modifica las tarifas vigentes.

Qué significa

La controversia constitucional puede definir si Quito está habilitado para aplicar el aumento de la tarifa preferencial y bajo qué condiciones. Hasta que la Corte Constitucional decida sobre la admisión y las medidas cautelares, la ordenanza mantiene su trámite y el incremento previsto no debe considerarse suspendido por la sola presentación del recurso. El caso afecta directamente a usuarios con discapacidad y también puede establecer criterios sobre la protección de tarifas diferenciadas para grupos prioritarios.

Qué sigue

La Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre la admisión de la nueva demanda y los pedidos de medidas cautelares. Después tendrá que resolver el fondo de las acciones presentadas y determinar si las disposiciones de la ordenanza son compatibles con la Constitución.

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