Qué pasó
Revolución Ciudadana anunció que impulsará el voto nulo en las elecciones del 29 de noviembre en Manabí, luego de la descalificación de sus candidatos Luisa González y Jaime Estrada para la Prefectura. El artículo 147 del Código de la Democracia establece que un proceso electoral será nulo cuando los votos nulos superen a los votos obtenidos por la totalidad de candidatas, candidatos o listas en una circunscripción y dignidad determinada. Los votos blancos y el ausentismo no se suman a los votos válidos ni cuentan para esa comparación. Existe un antecedente en Calacalí, Pichincha: en 2023 el voto nulo alcanzó 48,51%, frente a 46,62% de todos los candidatos, y el CNE ordenó repetir la elección. La nueva votación se realizó ocho meses después.
Qué significa
La campaña por el voto nulo puede alterar el resultado de la elección de prefecto de Manabí, pero no implica automáticamente la repetición de toda la jornada electoral ni de todas las dignidades. La nulidad se determina por circunscripción y dignidad, comparando el voto nulo con la suma de los votos de los candidatos. Si se activa esa causal, el CNE deberá organizar nuevos comicios conforme al calendario que corresponda.
Qué sigue
El CNE deberá escrutar los votos de la elección del 29 de noviembre y determinar si se cumple la causal de nulidad para la Prefectura de Manabí. De configurarse, deberá convocar y organizar la repetición del proceso conforme a la normativa electoral.
