Qué pasó
El Gobierno colombiano emitió la Directiva Presidencial 06 de 2026, que reorganiza el procedimiento de consulta previa para proyectos o decisiones que afecten directamente a comunidades étnicas. La directiva establece cinco etapas: determinación de procedencia, coordinación y preparación, preconsulta, consulta previa y seguimiento de acuerdos.
El texto elimina el test de proporcionalidad y otorga mayor independencia a la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa. Durante la consulta deben presentarse la iniciativa, las posibles afectaciones y las propuestas, y las comunidades deben tener oportunidad de deliberar y expresar su posición. La directiva aclara que la consulta no debe convertirse en una negociación económica sobre derechos.
Si no se alcanza un acuerdo, la autoridad podrá cerrar administrativamente el proceso cuando determine que se agotaron de buena fe las actuaciones razonables para intentar llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento. El cierre debe explicar las razones y demostrar que hubo oportunidades reales y efectivas de participación.
Qué significa
El cambio modifica el procedimiento que deben seguir entidades públicas y responsables de proyectos cuando una iniciativa afecta directamente a comunidades étnicas. Las etapas y los requisitos de documentación buscan ordenar los plazos y evitar que un proceso se prolongue indefinidamente, pero también obligan a demostrar que la participación fue real y de buena fe.
La directiva no elimina el derecho a la consulta previa ni convierte la falta de acuerdo en autorización automática. El alcance final dependerá de cómo la autoridad aplique el cierre administrativo y de los controles judiciales que puedan presentarse.
