Qué pasó
El CNE estableció que las empresas de exit poll deberán solicitar su inscripción y validar sus metadatos hasta 30 días antes de las votaciones del 29 de noviembre de 2026. Para ser autorizadas, deberán presentar documentos sobre metodología, margen de error, nivel de confianza y personal encargado del trabajo de campo. Cada encuestador ubicado fuera de los recintos deberá portar una credencial oficial con su nombre, número de cédula y la resolución de autorización. La normativa prohíbe publicar proyecciones o resultados de encuestas a boca de urna antes de las 17:00, cuando concluye la jornada electoral. La difusión anticipada en medios tradicionales o plataformas digitales constituye una infracción electoral grave.
Qué significa
La regla afecta a encuestadoras, medios, plataformas digitales y personas que difundan resultados de exit polls durante la jornada electoral. Las multas previstas para medios que incumplan van de 25 a 255 salarios básicos unificados y pueden incluir la suspensión temporal de la pauta publicitaria institucional estatal. La exigencia de metodología y credenciales busca identificar quién realiza el estudio y bajo qué parámetros, mientras que la prohibición horaria limita la difusión de resultados antes del cierre de las urnas.
Qué sigue
Las empresas interesadas deberán completar la inscripción y validación dentro del plazo fijado por el CNE. Durante la votación del 29 de noviembre, medios y plataformas deberán esperar hasta las 17:00 para publicar proyecciones o resultados de boca de urna.
