Qué pasó
La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria expidió el 20 de agosto de 2026 la Resolución JPRFM-2026-033-F. La norma amplía y precisa las fuentes de información que pueden utilizarse para evaluar el riesgo crediticio, el nivel de endeudamiento y el comportamiento de pago de las personas.
Entre las fuentes admitidas se incluye información de empresas de telecomunicaciones y el pago de servicios básicos o de telefonía, siempre que aporte elementos objetivos sobre el cumplimiento de obligaciones o la capacidad de endeudamiento. La medida permite que las entidades consideren comportamientos financieros que ocurren fuera de la banca tradicional.
La regulación no establece que pagar puntualmente una factura de celular otorgue automáticamente un crédito ni que mejore por sí solo la calificación de una persona. El dato será una señal adicional dentro del análisis que realice cada entidad financiera, junto con las demás fuentes permitidas.
Qué significa
La regla puede beneficiar a personas con poca o ninguna trayectoria bancaria al permitir que su comportamiento de pago sea incorporado como información complementaria. También amplía el tipo de datos que pueden ser considerados por entidades financieras y proveedores de información crediticia.
Para los usuarios, el cambio no elimina la evaluación de ingresos, endeudamiento, capacidad de pago ni otros requisitos. La información deberá utilizarse dentro de las reglas de protección de datos y de los límites establecidos por la regulación financiera. La decisión final de otorgar un préstamo seguirá correspondiendo a cada entidad.
Qué sigue
Las entidades financieras y empresas autorizadas deberán adaptar sus sistemas y políticas a la Resolución JPRFM-2026-033-F. Los usuarios podrán verificar cómo se utiliza esta información y ejercer los derechos que correspondan sobre sus datos personales.
