Qué pasó
La Asamblea Nacional aprobó el 20 de octubre de 2026, en segundo debate, una reforma a la Ley Orgánica contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes. Los 144 legisladores presentes votaron a favor. El proyecto modifica disposiciones de prevención, protección, investigación y sanción. Entre sus cambios, elimina la exigencia de probar amenazas, fuerza o engaño para configurar trata cuando las víctimas sean niñas, niños o adolescentes; incorpora el matrimonio forzoso, la unión de hecho forzada y la servidumbre de la gleba; y establece penas de 19 a 35 años, según la gravedad del caso. También garantiza atención médica, protección integral y asistencia legal inmediata sin condicionarlas a la participación de la víctima en el proceso penal. El texto será remitido al presidente de la República para sanción o veto parcial.
Qué significa
La reforma amplía las conductas que pueden ser perseguidas como explotación y facilita la protección de menores víctimas de trata. También permite que la Fiscalía y la Unidad de Análisis Financiero y Económico investiguen e inmovilicen activos vinculados con redes criminales, mientras se crean canales de denuncia anónima para casos de captación en redes sociales. El cambio todavía no está vigente: depende de la decisión que adopte el Ejecutivo sobre la sanción o el veto.
