Qué pasó
El Pleno del Tribunal Contencioso Electoral rechazó el 6 de octubre de 2026 la apelación presentada por Carlos Sánchez Villagrán, responsable económico de Pachakutik, y ratificó la sentencia de primera instancia que estableció su responsabilidad por infracciones en las cuentas de campaña de la consulta popular de 2024.
El tribunal determinó que Sánchez entregó de forma extemporánea la información financiera y no subsanó las observaciones formuladas durante el proceso. La sanción confirmada equivale a 25 salarios básicos unificados. Los jueces también descartaron que hubiera existido una vulneración del debido proceso o defectos que justificaran anular la sentencia.
La causa fue impulsada a partir de una denuncia presentada por el presidente del Consejo Nacional Electoral. La resolución se refiere a la responsabilidad del encargado económico y no implica, por sí sola, la inhabilitación de Pachakutik para participar en las elecciones.
Qué significa
El fallo confirma que los responsables económicos de las organizaciones políticas deben presentar y corregir oportunamente la documentación sobre ingresos y gastos electorales. La multa recae sobre la persona sancionada y no equivale automáticamente a una prohibición para que Pachakutik compita en los comicios. La ejecución y cualquier recurso adicional dependerán del contenido íntegro de la resolución y de las reglas procesales aplicables.
Qué sigue
El TCE deberá notificar y ejecutar la multa. Sánchez Villagrán podrá utilizar los recursos que correspondan, mientras Pachakutik deberá mantener en regla la documentación financiera de sus procesos electorales actuales.
