Qué pasó
El tribunal que conoce el caso Triple A concedió la suspensión condicional de la pena a José Ricardo Cevallos Avellán, exgerente financiero de Fuelcorp, y a las contadoras Carolina Troya, Leydi Cedeño y Yesenia Vélez. Los cuatro fueron sentenciados como cómplices a dos años, dos meses y 20 días de prisión por la comercialización ilícita de combustibles.
La resolución, difundida el 6 de octubre de 2026, sostuvo que la cooperación con la justicia no es un requisito exigido por el artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal. Con ese argumento, el tribunal rechazó la oposición de la Fiscalía, Petroecuador y la Agencia de Regulación y Control de Energía respecto de las tres contadoras. Todos deberán cumplir un régimen de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de salida del país.
Qué significa
La decisión modifica la forma de cumplimiento de las penas, pero no elimina las condenas ni declara inocentes a los beneficiarios. Cevallos continuará siendo un testigo relevante dentro del proceso contra Aquiles Álvarez, aunque la suspensión condicional se fundamentó en los requisitos legales del artículo 630 y no necesariamente en su cooperación.
El caso mantiene consecuencias para quienes fueron condenados y para las entidades públicas que cuestionaron el beneficio.
Qué sigue
El tribunal deberá notificar y ejecutar las condiciones impuestas a los cuatro sentenciados. Las partes podrán utilizar los recursos que correspondan conforme al procedimiento penal.
