Qué pasó
El tribunal penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas rechazó por improcedente el pedido de nulidad presentado por la defensa de Aquiles Álvarez contra la audiencia que confirmó su condena en el caso Grillete. La decisión fue adoptada el 2 de octubre de 2026 y también respondió un pedido de aclaración y ampliación presentado por el abogado Julio César Cueva.
El tribunal sostuvo que las aclaraciones realizadas no modificaban el sentido de la resolución del 16 de septiembre, cuando negó la apelación y ratificó la pena de tres años de prisión contra Álvarez como autor directo del delito de incumplimiento de orden legítima de autoridad competente.
La causa se originó en el retiro de un dispositivo de vigilancia electrónica impuesto como medida cautelar dentro del caso Triple A. La condena incluye además una multa de diez salarios básicos unificados y medidas de reparación simbólica, entre ellas disculpas públicas. La decisión sobre la nulidad no extingue los demás procesos judiciales que enfrenta el alcalde.
Qué significa
El rechazo mantiene vigente la sentencia de segunda instancia y cierra esta solicitud específica de nulidad, sin convertirla en una condena firme si aún existen recursos pendientes. La defensa deberá utilizar las vías de impugnación que correspondan dentro del proceso.
El fallo se refiere exclusivamente al caso Grillete. No resuelve la condena de primera instancia del caso Triple A ni el proceso por presunto lavado de activos denominado Goleada.
Qué sigue
La defensa deberá definir si interpone el recurso de casación u otra impugnación permitida por la ley. El tribunal deberá notificar y ejecutar las medidas que correspondan mientras continúan los demás procesos judiciales relacionados con Álvarez.
