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La ley contra el reclutamiento y utilización delictiva de niñas, niños y adolescentes entró en vigencia el 2 de octubre tras su publicación en el Séptimo Suplemento del Registro Oficial.
Qué pasó
La Asamblea Nacional aprobó con 88 votos la Ley Orgánica Reformatoria para la Prevención y Erradicación del Reclutamiento, Uso o Utilización de Niñas, Niños y Adolescentes con fines delictivos. El texto fue publicado este viernes 2 de octubre de 2026 en el Séptimo Suplemento del Registro Oficial y entró en vigencia desde esa fecha. La norma reforma disposiciones relacionadas con los gobiernos autónomos descentralizados y establece medidas de prevención y protección territorial. Entre ellas se incluyen la recuperación y preservación de espacios públicos cercanos a escuelas y colegios, denominados perímetros seguros, para reducir el riesgo de captación de estudiantes por organizaciones criminales. También contempla acciones frente al uso de plataformas digitales para reclutar menores. La aplicación deberá coordinarse con entidades educativas, de seguridad y de protección de derechos.
Qué significa
La entrada en vigencia convierte las obligaciones previstas en la reforma en un marco aplicable para los GAD y otras instituciones responsables de prevención, seguridad y protección de niñas, niños y adolescentes. Los municipios y prefecturas deberán incorporar estas tareas en sus políticas territoriales y coordinar acciones alrededor de planteles y espacios públicos. La ley no elimina por sí sola el riesgo de reclutamiento ni determina cómo se financiará cada intervención.
Qué sigue
Los GAD y las instituciones competentes deberán definir las medidas, protocolos y ordenanzas necesarias para aplicar la ley. Las autoridades deberán precisar los mecanismos para bloquear o reportar contenidos digitales utilizados en el reclutamiento y evaluar la ejecución de los perímetros seguros.
