Qué pasó
El Reglamento para la Clasificación de Personas Privadas de Libertad fue publicado el 28 de septiembre de 2026 en el Registro Oficial. La norma establece cuatro niveles de riesgo y seguridad para clasificar técnicamente a las personas privadas de libertad dentro del Sistema Nacional de Rehabilitación Social. El procedimiento busca ordenar la evaluación de cada interno y orientar decisiones sobre ubicación, custodia y gestión penitenciaria. La información disponible no detalla los criterios completos de valoración, la autoridad responsable de aplicar el reglamento, los plazos de revisión ni las vías de impugnación. Tampoco precisa cómo se realizará la transición desde las clasificaciones actuales ni qué centros deberán adaptar sus procedimientos.
Qué significa
La publicación crea un marco normativo para diferenciar los niveles de riesgo de las personas privadas de libertad y puede modificar su ubicación, régimen de seguridad y condiciones de custodia. La aplicación deberá respetar garantías de defensa, revisión y no discriminación, aunque la información recibida no permite conocer todavía el alcance operativo de cada nivel. La existencia del reglamento no significa que todas las clasificaciones hayan sido actualizadas de inmediato.
Qué sigue
El SNAI y las autoridades penitenciarias deberán aplicar el procedimiento, definir responsables y comunicar los criterios de evaluación y revisión. También deberán informar cómo se clasificarán las personas ya privadas de libertad y qué recursos podrán presentar.
