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La Ley Orgánica de Aviación Civil fue publicada en el Sexto Suplemento del Registro Oficial y entró en vigencia el 2 de octubre de 2026.
Qué pasó
La Ley Orgánica de Aviación Civil del Ecuador entró en vigencia este 2 de octubre de 2026, después de su publicación en el Sexto Suplemento del Registro Oficial. La norma establece el marco jurídico para regular y administrar las actividades de aviación civil en el territorio nacional.El texto incorpora disposiciones sobre el uso y control de drones que habían sido aprobadas por la Asamblea. Entre ellas constan obligaciones de registro, identificación y autorización para actividades comerciales, así como un régimen de infracciones con multas calculadas sobre el salario básico unificado. Las sanciones previstas para infracciones leves, graves y muy graves pueden llegar hasta USD 14.460 y, en ciertos casos, incluir la suspensión de permisos. La entrada en vigencia activa el marco legal, aunque la aplicación operativa dependerá de reglamentos y procedimientos de la Dirección General de Aviación Civil.
Qué significa
Los propietarios y operadores de drones deberán cumplir las obligaciones de registro, identificación y permisos que correspondan a la actividad realizada. La norma también establece una base sancionatoria para operaciones sin autorización o fuera de las condiciones permitidas. La publicación no significa que todos los procedimientos técnicos estén completamente definidos: la DGAC todavía deberá precisar mecanismos de registro, códigos de identificación y aplicación de las sanciones.
Qué sigue
La DGAC deberá emitir o actualizar los procedimientos técnicos para aplicar la ley, incluidos el registro, la identificación, los permisos y el control de espacios restringidos. Los operadores deberán adecuar sus actividades al nuevo marco vigente.
