Qué pasó
El colectivo Revoca EC, liderado por Washington Andrade y Leonidas Iza, acudió a la Corte Constitucional después de que el Consejo Nacional Electoral negara la entrega de formularios para iniciar la recolección de firmas y el Tribunal Contencioso Electoral ratificara el archivo del trámite. Los promotores sostienen que el Gobierno incumplió el plan de trabajo inscrito durante la campaña en materia de seguridad, empleo, economía y servicios públicos. Para convocar a un referéndum revocatorio necesitan reunir firmas equivalentes al 15% del padrón electoral, pero esa fase no se ha habilitado. El TCE argumentó que las denuncias eran generales y no precisaban pruebas metodológicas ni fechas concretas sobre los supuestos incumplimientos.
Qué significa
La acción ante la Corte no reactiva automáticamente la revocatoria ni autoriza la recolección de firmas. El tribunal constitucional deberá decidir primero si admite y luego si acepta la pretensión. Mientras no exista una resolución favorable, el archivo del trámite electoral se mantiene y no hay convocatoria a referéndum.
Qué sigue
La Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre la admisión de la acción extraordinaria de protección y, eventualmente, sobre el fondo del reclamo. El CNE y el TCE deberán acatar cualquier decisión que modifique el estado del trámite.
